Ríos salvajes: una ley para conservarlos y restaurarlos

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 Rio Puelo. Foto: Alvaro Montaña Rio Puelo. Foto: Alvaro Montaña

 
Por Macarena Soler
 
Nota del Editor: La siguiente es la versión completa de un artículo de la Edición 20.
 
Vista desde el espacio, la Tierra es predominantemente azul: se estima que cerca del 70% de su superficie está cubierta por agua, y los océanos contienen poco más del 96% de toda el agua del planeta. Apenas el 3% del agua de todo el globo es dulce, y parte de ella se encuentra en los ríos, que son esenciales e insustituibles para mantener ecosistemas terrestres y marinos.
 
En un escenario de cambio climático y pérdida acelerada de biodiversidad como el actual, la conservación de los ríos juega un rol fundamental. Estos transportan el CO2 presente en la atmósfera que, tras ser capturado por las lluvias, es trasladado hacia el mar: un enorme sumidero que contribuye con la mitigación del cambio climático. Los ríos son también esenciales para la conservación de humedales, donde habitan cerca del 40% de las especies del mundo. Además, la conservación de los ecosistemas fluviales disminuye los riesgos asociados a los efectos del cambio climático y son vitales para sostener el ciclo del agua.
 
Según la ONU, Chile presenta siete de los nueve criterios de vulnerabilidad frente al cambio climático, por lo que la tarea de proteger los ríos debiese ser prioritaria para el Estado. Es más, de acuerdo a un estudio elaborado por la Universidad de Chile en el marco de la confección del Balance Hídrico Nacional encargado por la Dirección General de Aguas (DGA), existe entre un 10% y un 37% menos de disponibilidad de agua en nuestro país. Sin embargo, en términos legales y medioambientales hoy los ríos se encuentran en una situación de desamparo y amenaza, y cada vez se torna más urgente contar con adecuadas figuras para su protección.
 
Pese a ser bastante limitada, Chile sólo cuenta con una forma de protección para los ríos, y aún así en algunos casos puede ser útil para salvaguardarlos: es la llamada Reserva de Caudales, incorporada el 2005 al Código de Aguas de Chile. Sólo el Presidente de la República puede concederla, pero únicamente puede ejercer esta facultad al momento de negar parcialmente una solicitud específica de derechos de aprovechamiento de aguas presentada por algún particular, y siempre que haya disponibilidad de agua en el río, situación que hoy es verdaderamente rara y excepcional. Según datos de la DGA, hasta junio de 2018 existían 43 reservas de caudales, de las cuales apenas seis son por motivos ambientales. No obstante, las reservas de caudales tampoco otorgan protección a todos los componentes que aseguran la salud y funcionalidades de los ríos.
 
Fundación Geute Conservación Sur está promoviendo la declaratoria de Reserva de Caudales en cuatro ríos de la Patagonia chilena (Puelo, Futaleufú, Baker y Pascua) como una primera medida para lograr a futuro la conservación integral de sus ecosistemas, cuya naturalidad e importancia para las comunidades aledañas, además de los múltiples usos que permiten, como la pesca, navegación y actividades deportivas, son de enorme importancia para Chile.
 
El proyecto de Ley de Ríos Salvajes promovido en conjunto por Fundación Geute Conservación Sur, ONG Ecosistemas, Fundación Terram e International Rivers, pretende que se establezca un estatus jurídico de protección que sitúe a los ríos y sus ecosistemas asociados como objeto principal de conservación y restauración. Así se busca ordenar el territorio de sus ecosistemas con el fin de resguardar sus atributos naturales, de paisaje, recreación y usos productivos. El proyecto de ley que se propone da a la protección de los ríos la importancia que debiesen tener en el ámbito de nuestras políticas públicas, y urge que el Estado de Chile y sus políticos actúen con prontitud para saldar una deuda pendiente con sus ríos.
 
La autora, Macarena Soler, es fundadora de la Fundación Geute Conservación Sur.